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Política

Declaración Jurada para trabajadores informales

Las personas que trabajen de manera informal o que cumplan funciones de forma particular y no cuenten con quién les certifique su labor y que estén previstos en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297, podrán circular con una Declaración Jurada que deberá descargar en www.seguridad.jujuy.gob.ar, siempre acompañada del Documento Nacional de Identidad.

Dicho permiso solo es válido para el cumplimiento de la actividad laboral, es decir, se podrá cumplir con la jornada laboral y regresar al domicilio, no para transitar por lugares que no estén previstas en la declaración jurada.

Los trabajadores en relación de dependencia solo podrán circular con un certificado de la empresa o institución a la que pertenece, dónde se justifique la circulación del trabajador o trabajadora.

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