El reempadronamiento de empresas y emprendedores que explotan áridos finalizó el 31 de diciembre pasado.
La Dirección Provincial de Recursos Hídricos (DPRH), dependiente del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda (MISPTyV), que encabeza Carlos Stanic, culminó con el año pasado un nuevo padrón de empresas y emprendimientos de explotadores de áridos en toda la provincia, lo que asegura mayor control para pago de canon, control de comercialización y trabajar en políticas de extracción sustentable.
Guillermo Sadir, director provincial de Recursos Hídricos, explicó que “la explotación de áridos cuenta con una normativa vigente, la ley provincial N° 4681 de Explotación de Áridos, aunque consideramos que tenemos que trabajar con más herramientas en 2021 en algunos temas para corregir, con cuestiones que se han profundizado durante el año que pasó, cuando tuvimos que concentrar esfuerzos en emergentes de la pandemia”.
“Específicamente durante el confinamiento, algunos explotadores de áridos, que en general realizan sus tareas de forma correcta, continuaron trabajado aún cuando la imposibilidad de la totalidad del control los debió limitar, y en algunos casos se evitaron controles realizando la extracción de áridos en lugares prohibidos”, analizó Sadir. “Por eso estamos trabajando con más concentración en regular esta situación”, enfatizó.
El titular de Recursos Hídricos describió que “con esa intención, culminamos el 31 de diciembre el re empadronamiento, lo que nos permite tener una base de datos de todos lo explotadores de áridos que ya venían trabajando y los que se suman y van a poder trabajar bajo las normativas vigentes”. “Entre la explotación y el lugar de venta de los áridos, está el transporte. Por eso, junto al Ministerio de Seguridad elaboramos un protocolo para el control de la circulación de camiones que transporten áridos, lo que le permite a Recursos Hídricos tener mayor injerencia en el control e intervención inmediata”, sumó Sadir. El funcionario señaló que “cuando nos referimos la explotación de áridos en lugares indebidos, referimos a que las empresas por comodidad efectúan sus tareas en las márgenes de los ríos, cuando la explotación por normativa debe concentrarse en el tercio central de desagüe y que convenientemente esta extracción pueda coadyuvar a que el desagüe no perjudique a los asentamientos urbanos en las distintas márgenes”. El control de la DPRH sobre áridos no sólo es comercial, venta y pago de canon, sino que atañe especialmente al desagüe y los cauces de los ríos, sino que el control tiene como fin principalmente evitar problemas en las épocas estivales que afecten a las comunidades cercanas a las zonas de explotación, resumió Sadir.
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