La Dirección Provincial de Rentas comunica que los Certificados de Pago podrán ser solicitados e impresos desde el hogar u oficina, sin necesidad de recurrir al organismo.
Rentas de la Provincia informó que a través de la Resolución General Nº 1.526/19 y, a partir del 01 de abril del presente año, los Certificados de Pago podrán ser solicitados a través de la página web, www.rentasjujuy.gob.ar.
Este nuevo servicio web se ajusta a lo dispuesto en la Ley 6.016, que establece como objetivo para la Administración Pública la digitalización de procesos administrativos. El trámite se formalizará con la emisión a través de la Página de Rentas del “Certificado de Pago Web” que hoy, se emite de manera presencial y solo en Casa Central.
A esto, se le suma la posibilidad de que el peticionante que accede a la Pagina de la Dirección pueda también realizar el pago de la Tasa requerida para aquel trámite, en el mismo portal; y con tarjeta de crédito, debito o Interbanking. En ese sentido se remarca, que ya no es necesario contar ni con la boleta de papel de la Tasa ni con la necesidad de concurrir a las Oficina de la Dirección, sino, que basta con acceder a las alternativas digitales que se ofrecen, de manera de poder consultar, gestionar y pagar electrónicamente el impuesto inmobiliario, la tasa de Servicios y la obtención del Certificado de Pago. Todo ello, sin hacer filas, y desde cualquier localidad de la Provincia o del País.
La Sub Directora de Rentas de la Provincia, Analia Correa, sostuvo que “la iniciativa se suma al resto de los servicios digitales que ofrece nuestro organismo para simplificar el cumplimiento tributario y posibilitar que la gente gestione sus impuestos sin necesidad de trámites presenciales”.
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